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Licencia de obras

¿Necesitaré permiso de obras para erigir mi edificio de jardín en mi jardín?

 

Por lo general, no necesita un permiso de planificación para las dependencias domésticas, siempre que se utilicen para un propósito doméstico relacionado con su casa. Sin embargo, es posible que necesite un permiso de planificación si se aplica alguno de los siguientes (la lista no es exhaustiva, por lo que, en caso de duda, consulte con la autoridad de planificación local):

 

  • Si planea erigir el cobertizo a menos de 5 metros de cualquier parte de su casa.

  • Si el Ć”rea total del terreno cubierta por edificios u otras estructuras en el Ć”rea del jardĆ­n (excluyendo la casa principal original) es mayor al 50% del Ć”rea total del jardĆ­n.

  • Si hay una condición en el consentimiento de planificación original de su propiedad que establece que no se pueden erigir cobertizos de jardĆ­n/retretes, etc. con o sin el consentimiento de la autoridad de planificación local.

  • Si su propiedad es un edificio catalogado o dentro de un Ć”rea de conservación o un Ć”rea de gran belleza natural. Si este es el caso, deberĆ” ponerse en contacto con la autoridad de planificación local, ya que el desarrollo estarĆ” restringido.

  • Si planea administrar un negocio desde el edificio, o usarlo para almacenar bienes en relación con un negocio.

  • AdemĆ”s, ninguna parte del edificio del jardĆ­n debe estar mĆ”s cerca de la vĆ­a pĆŗblica que la casa existente, o cualquier punto a 20 metros de esa vĆ­a, lo que estĆ© mĆ”s cerca de la vĆ­a.

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